Servicio de Mantención Correctiva Ups Dinámica
Que, según lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del año 2005, del Ministerio de Salud, la dirección superior del Instituto de Salud Pública de Chile corresponde al Director, el que de acuerdo a lo establecido en el artículo 61 letras a) y d), dispone de la atribución de dirigir, planificar y supervigilar el funcionamiento del Instituto, para lo cual ostenta la facultad de poder ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos sobre bienes muebles e inmuebles.
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