C.s. Marcapasos por Urgencias por 24 Meses
a Que, el artículo 19 y siguientes del Decreto N° 250 que aprueba el reglamento de la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios establece normas relativas a las licitaciones públicas, y también se refiere a éstas cuando su monto de licitación es mayor a 1.000 UTM. b Que, la entidad de salud requiere contratar servicios de cambio de generador e implantación de marcapasos por urgencia para Hospital San Pablo de Coquimbo. c Que conforme al artículo 10 de la ley 19.886 los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. Las bases serán siempre aprobadas previamente por la autoridad competente. d Que, se constata que en el catálogo electrónico disponible de Convenio Marco no se encuentran los servicios requeridos por el Establecimiento. e Que, por lo anterior, se requiere la “ CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MARCAPASOS POR URGENCIAS PARA EL HOSPITAL DE COQUIMBO “. f Que, existe disponibilidad presupuestaria para la contratación del servicio solicitado.
1 oferente(s) participaron en esta licitación. El detalle de quién compitió y con qué oferta está en el registro oficial de Mercado Público.
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