Servicio de Arriendo de Software para Contactabilidad de Usuarios en Procesos de Atención del Hospital del Salvador
Que, el Hospital del Salvador integra la red asistencial del Sistema Público de Salud, y no cuenta con la posibilidad de realizar todas las llamadas requeridas para debido a que se usa para el agendamiento de horas médicas del Hospital, lista de espera y todo tipo de comunicación con los pacientes beneficiarios del Hospital del Salvador; Que, esta modalidad de contratación es la única que permite al Hospital del Salvador dar efectivo cumplimiento al imperativo constitucional consagrado en el Artículo 19º, numeral 9 de la Carta Fundamental; Que, por la cuantía determinada, la presente licitación se ubica en el tramo para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, en conformidad al Artículo 36º del Reglamento de la Ley Nº19.886; Que, hechas las consultas respectivas, el “Servicio de Arriendo de Software para Contactabilidad de usuarios en procesos de atención del Hospital del Salvador”, no se encuentra disponible en el catálogo de bienes y servicios ofrecidos en el Sistema de Información de la Dirección de Compras www.mercadopublico.cl. Que, la Institución convocó a una Licitación Pública bajo ID N°1057489-116-LQ25, mediante Resolución Exenta N°1166 de 24 de marzo de 2025, para la provisión de los Servicio de Arriendo de Software para Contactabilidad de usuarios en procesos de atención del Hospital del Salvador, la cual fue declarada inadmisible en conformidad a Resolución Exenta N°1678 de fecha 06 de mayo de 2025; Que, esta compra está vinculada al plan anual de compras del año 2026.
4 oferente(s) participaron en esta licitación. El detalle de quién compitió y con qué oferta está en el registro oficial de Mercado Público.
Ver oferentes en Mercado Público →| Criterio | Detalle | Peso |
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| 1 Precio | En ésta se realizarán cálculos y se analizarán las cifras, con el objeto de que las Ofertas sean absolutamente comparables y se expliciten las posibles diferencias. Se utilizará el análisis comparativo de las ofertas en relación a la oferta de menor valor recibida. Para ello se utilizará la siguiente tabla: 1.- CRITERIO PRECIO Evaluación Precio Oferente = Precio Total Mínimo X 60 Precio Total Oferta i Total ponderado criterio PRECIO 60% | 60% |
| 2 EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS TÉCNICAS | Se evaluarán las especificaciones técnicas y calidad del servicio. La evaluación de este criterio se realizará a partir de la información entregada por el proponente conforme a lo exigido en Anexo N°7, de estas Bases. Para la evaluación Técnica, es imprescindible que el proponente u oferente haya analizado y completado cabalmente Anexo N°7, especialmente con relación a las Especificaciones Técnicas, dado que se analizara la oferta técnica en función del Check List o lista de verificación de los Requerimientos Técnicos, de acuerdo a los puntajes asignados, la cuale será realizada en forma individual en función de la Información proporcionada. La evaluación de este criterio se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla: Cumple Especificaciones Técnicas Puntaje Cumple la totalidad de especificaciones técnicas 100 Cumple con menos de 80 puntos Oferta Inadmisible No corresponde a lo solicitado en las bases de licitación Oferta Inadmisible Total ponderado criterio competencias técnicas 3 | 38% |
| 3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA | Presentación de todos los antecedentes antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, tiene una ponderación del 1% y se asignará el puntaje según la siguiente tabla: N.º SUB-FACTORES DEL CRITERIO PUNTAJE 1 Cumple en tiempo y forma 1 2 No Cumple 0 El cálculo del puntaje de la evaluación técnica - económica se realizará utilizando la siguiente fórmula: Puntaje evaluación técnica - económica: (total puntos 1 x 60) + (total puntos 2 x 38) + (total puntos 3 x 1) + (total puntos 4 x 1) El puntaje máximo de la evaluación técnico– económica es de 100 puntos. | 1% |
| 4 CUMPLIMIENTO DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANC | El proveedor deberá contar con programas de integridad conocidos por sus dependientes, en los términos señalados en el Artículo 17° del Reglamento de la Ley N°19.886, pudiendo la contraparte técnica comprobar su existencia y difusión, al inicio o durante la vigencia de la contratación. CRITERIO TÉCNICO: PUNTAJE Oferente cuenta con programa de integridad y Compliance, debiendo acreditar además el conocimiento de este frente a su personal. 2% Oferente no cuenta con programa de integridad y compliance 0 % Nota: En caso de no adjuntar o no acreditar el conocimiento interno del programa de integridad y compliance, dentro de su oferta, será evaluado con 0%. Total ponderado criterio cumplimiento de programa de integridad y compliance 1% | 1% |
| # | Producto | Categoría | Cantidad | Unidad |
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| 1 | Servicio de Arriendo de Software para Contactabilidad de usuarios en procesos de atención del Hospital del Salvador, revisar resol. 337 en adjunto y Anexo Tecnico N° 7 y Anexo Economico N° 6 | Tecnologías de la información, telecomunicaciones y radiodifusión / Software / Software de gestión | 1 | Unidad |
Fuente original:ficha mercadopublico.clapertura electrónicaacta de adjudicación